SOLICITE LA CITA PARA LA APOSTILLA HAZ CLIC AQUÍ
REQUISITOS
- Perfil: Persona Natural y Jurídica
- Tener aprobación previa. Verificar que el documento a apostillar esté firmado por la entidad que lo expide o certificado por la autoridad competente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 2201 de 1997
- Cumplimiento de especificaciones o estándares. Traducciones: Si requiere la traducción de un documento que va dirigido a un país de habla diferente al castellano, debe ser elaborada por un traductor oficial registrado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y apostillarse. NOTA: El documento en castellano debe ser previamente apostillado.
- Estar inscrito/afiliado en. Obtener cita por internet o telefónica para persona natural o jurídica, según corresponda
- Presentación personal. Acreditar la cita
- Cumplimiento de especificaciones o estándares. Realizar el pago si los documentos cumplen con los requisitos para ser apostillados
- Lugar de origen, nacionalidad, residencia, identificación. Tener nacionalidad colombiana o extranjera
- Estar inscrito/afiliado en. Estar registrado en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN y ser empleado de una empresa
Perfil: Persona Natural
Perfil: Persona Jurídica
Documentos Requeridos
- Perfil: Persona Natural y Jurídica
- Documento firmado o certificado
- Documento traducido y apostillado
- Registrar el número de la cédula de ciudadanía o extranjería si es persona natural o número de identificación tributaria si es persona jurídica
- Indicar el código asignado por el sistema
- Comprobante de consignación suministrado por la entidad Perfil: Persona Natural
- Cédula de ciudadanía o extranjería Perfil: Persona Jurídica
- Número de identificación tributaria - NIT, Registro único tributario - RUT y carné de la empresa
Pagos Requeridos
- Por documento expedido en los Supercades 25,000.00 Pesos
- Por documento expedido en las demás Gobernaciones autorizadas 50,000.00 Pesos
- Por documento expedido en la Gobernación de Norte de Santander 42,200.00 Pesos
No hay comentarios:
Publicar un comentario